La modificación al artículo 55 de la ley 20.429 se hizo pública a través del Boletín Oficial, que establece los requisitos para la “adquisición o transmisión por cualquier título, uso, tenencia y portación de armas de uso civil haber alcanzado la mayoría de edad”.
“A efectos de armonizar la legislación vigente, reconociendo la capacidad de los ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir de los DIECIOCHO (18) años”, argumentó el Poder Ejecutivo sobre el cambio implementado.
El texto publicado este martes lleva las firmas del presidente de la Nación, Javier Milei; el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y la Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.
El artículo en cuestión establece además una serie de requisitos que se deben cumplir para la portación de armas, como el no tener “anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante”, la acreditación de datos personales bajo dependencia policial y “la no existencia de antecedentes policiales o penales”.